Colombia fija que la velocidad de banda ancha en 2019 debe ser de mínimo 25 Mbps
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Colombia fija que la velocidad de banda ancha en 2019 debe ser de mínimo 25 Mbps

El internet de banda ancha en Colombia deberá alcanzar desde enero de 2019 una velocidad mínima de 25 megabytes por segundo (Mbps), anunciaron fuentes oficiales, y destacaron que el país se sitúa así entre los primeros de Latinoamérica en fijar esa meta.

El internet de banda ancha en Colombia deberá alcanzar desde enero de 2019 una velocidad mínima de 25 megabytes por segundo (Mbps), anunciaron fuentes oficiales, y destacaron que el país se sitúa así entre los primeros de Latinoamérica en fijar esa meta.
 
"A partir del 1 de enero de 2019, cualquier servicio que se denomine banda ancha mínimo debe tener una velocidad de 25 megabytes por segundo, puede existir menos velocidad pero esa no se podrá denominar banda ancha", dijo a periodistas el ministro de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), David Luna.
 
El funcionario indicó que los operadores tienen la responsabilidad de poner en marcha esa medida, por lo cual tienen "un tiempo prudencial" de avanzar en la infraestructura y actualizar su servicio.
 
Luna participó hen Cartagena de Indias en la inauguración del quinto Congreso Latinoamericano de Telecomunicaciones, que por primera vez se celebra en Colombia.
 
Según el ministro, con la puesta en vigor de esta medida, Colombia entrará "a estar dentro de los cinco países" de América Latina con "mayor velocidad en la prestación del servicio".
 
El director ejecutivo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), Germán Darío Arias, explicó a Efe que desde hace aproximadamente un año iniciaron un estudio para establecer qué se define como servicio de banda ancha en el país.
 
Dicha labor respondió a la tarea encomendada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y a la ley de plan de Desarrollo Nacional.
 
Arias señaló que lograron determinar que en Colombia "solo podrá ser llamada comercialmente banda ancha si tiene 25 megas de bajada y cinco megas de subida".
 
"El que quiera prestar servicios de cinco megas lo puede hacer, no es obligatorio la banda ancha; simplemente que no puede llamarla banda ancha, que lo llame internet de alta velocidad (...) como quiera llamarlo", aclaró el portavoz, al indicar que los operadores podrán ofrecer distintas alternativas de internet.
 
Consideró que la definición de internet de banda ancha puede incentivar a los operadores "a que mejoren sus ofertas" y no descartó que se desate una "pelea de quién sale primero" con ese servicio.
 
Y aunque dejó entrever que pude haber un impacto en los precios, Arias recordó que este sector es de "economía de escala", lo que estimó llevará a que las tarifas bajen en cuanto se alcancen ciertos niveles de penetración en los hogares.
 
El portavoz del CRC indicó que el país se ubica así entre "los primeros en términos de definición" de la banda ancha, pero advirtió que actualmente no está bien "en la velocidad real que el usuario recibe".
 
"Solamente un 12 % de la población tiene oferta de banda ancha, pero cuando nos comparamos con Argentina, Brasil, solo el 7 % realmente recibe más de 10 megas; entonces estamos bajitos en términos de lo que el usuario percibe y bajitos todavía en oferta de más 10 megas", explicó Arias.
 
Pero vaticinó que cuando el operador no pueda llamar "banda ancha" otro servicio que no sea de 25 megabytes, le "va a tocar desde el punto de la competencia, subir la velocidad".
 
Una resolución de la CRC de 2010, mediante la cual se modificó la definición de Banda Ancha en el país, estableció que esta "debía garantizar velocidades mínimas" de bajada y de subida de 1.024 kilobytes y 512 kilobytes por segundo, respectivamente.

Fuente: http://www.eldiario.es/